Vista aérea de un extenso paisaje urbano con una mezcla de edificios de gran altura y estructuras residenciales. Al fondo se ve una cadena montañosa bajo un cielo azul con nubes dispersas. Las calles de la ciudad, repletas de tráfico, reflejan la vibrante actividad económica sujeta al impuesto sobre renta Colombia.

Impuesto Sobre la Renta en Colombia para Personas Naturales: una Guía

Todo aquel que sea residente fiscal en Colombia o no residente que genere ingresos en el país deberá entender sus obligaciones en materia de impuesto sobre la renta. La siguiente guía ofrece una visión del impuesto sobre la renta en Colombia para los años gravables 2021 y 2022.

Imagen de archivo de una zona turística de Cartagena para acompañar un artículo sobre el impuesto sobre la renta en Colombia.
Cartagena es popular entre los expatriados y los turistas

Colombia atrae importantes niveles de inversión extranjera, y es un destino cada vez más popular para los extranjeros que visitan y se trasladan desde países como Estados Unidos y Europa, gracias en parte a la creciente consciencia sobre el éxito del país en la lucha contra unos niveles de violencia históricamente elevados.

Si bien los extranjeros de esas partes del mundo pueden encontrarse en toda Colombia, tienden a concentrarse más en ciudades como Cartagena y Medellín, así como en la capital, Bogotá, con una gama de oportunidades de inversión ofrecidas en esas ciudades.

Tanto los nacionales colombianos como los residentes extranjeros están obligados a cumplir con las normas relativas al impuesto de renta en Colombia, en función de los ingresos generados tanto dentro como fuera del país sudamericano.

En Colombia, el año fiscal va del primero de enero al 31 de diciembre y el impuesto de renta de un año fiscal determinado debe pagarse el año fiscal siguiente. En el caso de las personas naturales, la fecha de pago del impuesto de renta en Colombia está comprendida entre agosto y octubre, y la fecha se asigna en función de los dos últimos dígitos del número de identificación registrado. El impuesto sobre la renta debe pagarse en una sola cuota.

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¿Quién debe declarar el impuesto sobre la renta en Colombia?

Los nacionales colombianos que viven en el país y los extranjeros con residencia fiscal en Colombia deben presentar la declaración de renta en las siguientes circunstancias:

  • Tienen ingresos de origen mundial superiores a 50.831.000 COP (aproximadamente 12.494 USD)
  • Tienen un patrimonio bruto de al menos 163.386.000 COP (aproximadamente 40.386 USD) al 31 de diciembre.
  • Tienen consumos con tarjeta de crédito, transacciones financieras o compras totales durante el ejercicio correspondiente de al menos 50.831.000 COP (aproximadamente 12.494 USD)

Los nacionales colombianos que viven en el extranjero podrían necesitar seguir pagando el impuesto de renta en Colombia si cumplen alguno de los siguientes criterios:

  • Su cónyuge o compañero permanente no separados legalmente o los hijos dependientes menores de edad tengan residencia fiscal en el país.
  • Si el 50% o más de sus ingresos son de fuente nacional
  • El 50% o más de sus activos se entiendan poseídos en el país
  • El 50% o más de sus bienes sean administrados en el país
  • Habiendo sido requeridos por la autoridad tributaria no acrediten su condición de residentes fiscales en el exterior
  • Son residentes fiscales en una jurisdicción considerada como paraíso fiscal
  • De acuerdo con las convenciones de Viena, están exentos de pagar el impuesto sobre la renta en una jurisdicción extranjera en la que residan relacionados con el servicio exterior en nombre del Estado colombiano.

Los no residentes fiscales pueden seguir siendo responsables del impuesto de renta en Colombia si sus ingresos procedentes de fuentes del país o los activos/patrimonio mantenidos en el país cumplen los siguientes criterios a 31 de diciembre del año financiero correspondiente:

  • Ingresos superiores a 50.831.000 COP (aproximadamente 12.494 USD)
  • Patrimonio bruto/activo de 163.386.000 COP (aproximadamente 40.386 USD)

Tenga en cuenta que cualquier extranjero que se encuentre en Colombia por un total de más de 183 días dentro de un período continuo de 365 días, contando los días de llegada y salida para ese total, será gravado de la misma manera que un nacional colombiano.

¿Qué tipo de ingresos están sujetos al impuesto sobre la renta en Colombia?

El impuesto sobre la renta en Colombia se aplica a los ingresos gravables obtenidos de fuentes globales, a menos que estén expresamente exentos, ya sea debido a la existencia de un tratado de doble imposición, o cuando esos ingresos provienen de fuentes específicas.

Una imagen de archivo de billetes colombianos de 50.000 pesos para acompañar un artículo sobre el impuesto a la renta en Colombia
Billetes colombianos

Las siguientes fuentes de ingresos son algunos ejemplos de los que están exentos del impuesto sobre la renta en Colombia:

  • Indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad
  • Fondos recibidos para gastos de sepelio de un trabajador
  • Las indemnizaciones por despido y los intereses sobre las indemnizaciones por despido, si las reciben los trabajadores cuyos ingresos medios en los últimos seis meses de trabajo no superan los 13.301.400 COP (aproximadamente 3.400 USD)
  • Seguro de muerte, indemnizaciones por fallecimiento y prestaciones sociales relacionadas con la actividad y el retiro de los miembros de las fuerzas militares o policiales.
  • Otras exenciones específicas.

Cálculo de la base gravable del impuesto sobre la renta en Colombia

El método de cálculo de la base gravable del impuesto sobre la renta en Colombia está establecido en el artículo 26 del Estatuto Tributario colombiano, que dice lo siguiente:

“ARTICULO  26. LOS INGRESOS SON BASE DE LA RENTA LIQUIDA. La renta liquida gravable se determina así: de la suma de todos los ingresos ordinarios y extraordinarios realizados en el a?o o periodo gravable, que sean susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, y que no hayan sido expresamente exceptuados, se restan las devoluciones, rebajas y descuentos, con lo cual se obtienen los ingresos netos. De los ingresos netos se restan, cuando sea el caso, los costos realizados imputables a tales ingresos, con lo cual se obtiene la renta bruta. De la renta bruta se restan las deducciones realizadas, con lo cual se obtiene la renta liquida. Salvo las excepciones legales, la renta liquida es renta gravable y a ella se aplican las tarifas señaladas en la ley.”

Los ingresos se componen de tres diferentes cédulas:

1) Cédula de rentas de trabajo, capital y no laborales (también llamada cédula general)

Tal y como lo indica el articulo 103 del Estatuto Tributario, se consideran rentas exclusivas de trabajo las obtenidas por personas naturales por concepto de salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos, y en general, las compensaciones por servicios personales. 

Dentro esta cédula se encuentran las rentas de capital, estas son las obtenidas por concepto de intereses, rendimientos financieros y explotación de la propiedad intelectual.

También esta cédula comprende las rentas no laborales, las cuales se consideran ingresos de las rentas no laborales todos los que no se clasifiquen expresamente en ninguna otra cédula, con excepción de dividendos y las ganancias ocasionales que se rigen por sus reglas especiales.

Son deducibles las expensas necesarias en el desarrollo de cualquier actividad productora de renta, siempre que tengan relación de causalidad con las actividades productoras de renta y que sean necesarias y proporcionadas de acuerdo con cada actividad, bajo un criterio comercial. A esta cédula también le aplican las deducciones de los intereses de préstamos de vivienda, los pagos por salud, por concepto de trabajadores y por gravamen del 4×1000, siempre que estas no superen el 10%.

2) Cédula de rentas de pensiones

Son ingresos de esta cedula las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como aquellas rentas provenientes de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de las devoluciones de saldos de ahorro pensional. 

La cedula de pensiones no admite costos ni deducciones.

3) Cédula de dividendos y participaciones

Las rentas percibidas en concepto de dividendos y participaciones se incluyen en esta categoría y constituyen la base imponible para los socios, accionistas, copropietarios, asociados, suscriptores y otras personas de este tipo, percibidas por distribuciones procedentes de empresas y entidades tanto nacionales como extranjeras. 

La cédula de dividendos y participaciones no admite costos ni deducciones.

Impuesto sobre la renta en Colombia: tasas y pagos

La Reforma Tributaria del 2021 no modificó la tarifa gravable para el 2022, por lo cual, para los períodos gravables 2021 y 2022 se aplica la misma tarifa para personas naturales.

Ingresos anuales (COP)Ingresos anuales (USD)Tarifa
0 a 41.424.4600 a 10.811 0%
41.424.460 a 64.606.80010.811 a 16.86219%
64.606.800 a 155.816.40016.862 a 40.66828%
155.816.400 a 329.494.68040.668 a 85.99833%
329.494.680 a 720.935.88085.998 a 188.16435%
720.935.880 a 1.178.124.000188.164 a 307.49037%
1.178.124.000 en adelante307.490 en adelante39%
Valores de USD basados en la conversión de 1 USD = 3.828 COP

El impuesto de renta de un individuo se calcula mediante la presentación de una declaración de la renta.

El pago puede realizarse de dos maneras:

  1. Electrónicamente, mediante transferencia bancaria o transacción con tarjeta
  2. Presencialmente en un banco autorizado

Sanciones por su incumplimiento

La presentación de la declaración de forma extemporánea dará lugar a una sanción, que se incrementa en el equivalente al 5% del total del impuesto por cada mes o fracción de mes adicional que se presente fuera de plazo, con una sanción máxima del 100% de la cuota.

La no presentación de la declaración de renta dará lugar a una notificación por parte de las autoridades fiscales. Una vez emitida dicha notificación, la sanción mensual por la no presentación ascenderá al 10% del total del impuesto por cada mes o fracción de mes que no se presente la declaración, con una sanción máxima del 200% de la deuda tributaria.

En el caso de que el residente fiscal no presente la declaración y se inicie un procedimiento judicial, se aplicará también una sanción adicional equivalente al 20% de los ingresos brutos del ejercicio fiscal en cuestión, así como los costes administrativos y legales asociados y los intereses.

Tenga en cuenta que, cuando se aplica una sanción, se establece un plazo para el pago, que incluye dos fechas límite. Si se cumple el primer plazo, la sanción se reducirá en un 50%, mientras que si se incumple el último plazo, se iniciará un procedimiento judicial.

En todos los casos, si el contribuyente puede demostrar que la falta de presentación de la declaración fiscal fue culpa de la autoridad fiscal, el contribuyente será exonerado de la sanción.

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