El gobierno colombiano ha presentado ante el congreso una nueva reforma tributaria que busca recaudar fondos e impulsar la reactivación económica luego de la crisis generada por la pandemia global. La nueva reforma tributaria en Colombia busca recaudar aproximadamente $15,2 mil millones (todas las cifras en USD), aumentando los impuestos y disminuyendo la evasión fiscal.

El anuncio de una anterior reforma provocó protestas públicas generalizadas, lo que obligó al gobierno a rediseñar la legislación a su forma actual, en la que recae una carga financiera menor sobre los contribuyentes individuales y una mayor sobre las empresas.
Si bien la reforma tributaria aún está sujeta a modificaciones, pues debe ser aprobada por ambas cámaras del Congreso antes de promulgarse como ley, el partido gobernante Centro Democrático lidera coaliciones con mayorías tanto en la Cámara de Representantes como en el Senado, lo que significa que es poco probable que se produzcan cambios profundos antes de que se apruebe la legislación.
La reforma tributaria en Colombia introduce una serie de medidas para estimular la creación de empleo, así como fomentar el consumo al establecer tres “días libres de IVA” cada año para una amplia gama de bienes de consumo. Sin embargo, para los inversores los cambios más significativos serán los relacionados con los impuestos y el manejo de activos externos.
A continuación, se destacan los cuatro aspectos de la reforma tributaria en Colombia más relevantes para los inversores. Si necesita el apoyo de una firma contable en Colombia, o cualquier otro servicio de back-office, no dude en contactarnos ahora.
Reforma tributaria en Colombia: 4 cambios clave a considerar
Entre las medidas establecidas en la nueva reforma tributaria de Colombia se encuentran un aumento del impuesto de sociedades, la creación de un impuesto de normalización destinado a superar la subdeclaración de activos extranjeros, un cambio en la definición de beneficiario final a efectos fiscales y medidas para prevenir la evasión fiscal. A continuación se considera cada uno:
1. El impuesto sobre la renta de las empresas sube, pero se mantiene por debajo de la tarifa fijada en 2017
A partir de 2022, el impuesto sobre la renta de las empresas, que actualmente se sitúa en el 32%, aumentará a un 35%, y las instituciones financieras más grandes estarán sujetas a un recargo adicional del 3% entre 2022 y 2025. Esto elevará su carga del impuesto a la renta hasta el 38% durante esos cuatro años.
Sin embargo, este aumento sigue siendo más bajo de lo que ha sido en los últimos años, pues en el 2017 la tarifa de este impuesto se fijó en un 40%.
Con la nueva reforma tributaria en Colombia, la oportunidad de reducir el impuesto sobre la renta mediante el descuento del 100% de los pagos del impuesto a la industria y el comercio (ICA) se diluye, y ahora sólo el 50% del ICA pagado se puede descontar de la carga del impuesto sobre la renta.
Además, la retención en origen se reducirá drásticamente al 0% en 2022, comparado a su tasa actual del 5%, para las inversiones extranjeras de cartera en valores de renta fija públicos o privados o derivados financieros sobre valores de renta fija.
2. El impuesto de normalización busca exponer activos infravalorados
A partir de 2022, se introducirá un impuesto de normalización para permitir informes más precisos entre los contribuyentes que han declararon menos activos extranjeros o pasivos en exceso para aumentar alivios tributarios.

A partir del 1 de enero de 2022, esta medida buscará la eliminación de estructuras empleadas para reducir impuestos vía transferencia a entidades o vehículos con base de menor costo, con la base imponible aplicable calculada con base en activos subyacentes.
Mientras tanto, la base imponible de los pasivos inexistentes será su valor impositivo o los valores reportados en la declaración del IRPF más reciente. La tasa aplicable para este impuesto de normalización será del 17%.
Los contribuyentes que previamente hayan sub-reportado activos o sobre-reportados pasivos, tendrán la oportunidad de actualizar sus activos y pasivos, con la base imponible adicional sujeta a la tasa antes mencionada.
En el caso de que los activos sean repatriados e invertidos en Colombia, esa base imponible se reducirá al 50% de los montos omitidos.
3. La definición de beneficiario se endurece
La nueva reforma tributaria en Colombia establece una nueva definición de beneficiario que es aplicable a todos los efectos fiscales, estableciendo requisitos para que las personas físicas sean consideradas beneficiarias finales tanto de las personas jurídicas como de estructuras especiales (como los fideicomisos).
Según la nueva definición, basada en las recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el beneficiario final debe ser el beneficiario final o real de una entidad determinada. Si no se identifica a ninguna persona que participe en el capital social o tenga el control de la entidad, se debe nombrar un representante legal.
Un proceso de Registro de Beneficiario Beneficiario (RUB) será establecido y supervisado por la autoridad tributaria colombiana, DIAN.
El incumplimiento de este proceso de registro, o el hecho de no hacerlo correctamente, resultará en sanciones potencialmente severas establecidas en el Artículo 658-3 del Código Tributario de Colombia.
4. Nuevos mecanismos para combatir la evasión fiscal
En un esfuerzo por combatir la evasión fiscal, se están introduciendo una serie de medidas como parte de la tramitación de la nueva reforma fiscal en Colombia. Entre ellos se incluye el uso obligatorio de un sistema de georreferenciación gestionado por la DIAN y los Notarios Públicos para determinar con precisión el valor comercial de los inmuebles.
La reforma también brinda a la DIAN la oportunidad de registrar a las personas que, según la información disponible recibida en registros gubernamentales, estén sujetas a obligaciones tributarias.
También se establece un sistema de facturación que estipula ciertos documentos que los contribuyentes están obligados a presentar, al tiempo que requiere la validación de la DIAN para el reconocimiento de facturas electrónicas.
La reforma tributaria de Colombia también establece un proceso mediante el cual la DIAN puede perseguir impuestos pendientes, así como un proceso mediante el cual los contribuyentes pueden disputar los errores percibidos en los cálculos de la DIAN, así como un sistema de sanciones por incumplimiento.
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